jueves, 18 de mayo de 2023

Obligaciones en materia de prevención

A) Obligaciones del empresario. 

  • Es el responsable de que en la empresa este planificada toda la materia en prevención de riesgos, indicando que hacer, como y con que recursos se cuenta. 
  • También es el responsable de que los riesgos en la empresa se encuentren evaluados. 
  • Es el responsable de que se proporcionen equipos de trabajo y medidas de protección adecuadas. 
  • También es el responsable de entrega los equipos de protección individúes a cada trabajador de forma gratuita. 
  • Es responsable de que haya un plan de emergencia. 
  • Es el responsable de que se adopten las medidas en caso de riesgo grave e inminente. 
  • También es el responsable de informar y formas acerca de los riesgos laborales a sus trabajadores.
  •  Esta obligado a facilitar la participación de los delegados de prevención y los miembros del comité de seguridad y salud en la empresa.
  •  Esta obligado a facilitar la vigilancia de la salud de los trabajadores en la empresa a través de los controles médicos periódicos.
  •  Esta obligado a prestar una atención especial a determinados grupos en prevención de riesgos: por maternidad y lactancia, menores, trabajadores contratados por ETTs.

B) Obligaciones del trabajador:
  • Esta obligado a utilizar adecuadamente los equipos de protección individual, las maquinas, herramientas... Debe de informar de inmediato a superiores de situaciones que puedan entrañar un riesgo.
  • Esta obligado a colaborar con el empresario en materia de prevención

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